"Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición" (art. 2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos)
- "Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social". (art. 14 de la Constitución Española)
Ley Canaria de Igualdad entre Mujeres y Hombres, BOC nº 45, 5 de marzo de 2010
Normativa estatal
Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres.
Normativa europea
Directiva 2006/54/CE sobre igualdad de oportunidades y de trato entre hombre y mujeres.
Directiva del Consejo 2004/113/CE de 13 de diciembre por la que se aplica el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres al acceso de bienes y servicios y su suministro.
Carta Europea para la Igualdad Regional y Local.